¿CÓMO
SE APLICA EL DERECHO AL AGUA A ALGUNOS GRUPOS CONCRETOS?
Algunos grupos o personas tienen
dificultades particularmente grandes para ejercer su derecho al agua, debido a
la discriminación, a la estigmatización, o a ambos factores a la vez. A fin de proteger
eficazmente el derecho al agua, es necesario prestar atención a la situación
concreta de las personas y los grupos, especialmente de los más vulnerables.
Los Estados deberían adoptar medidas positivas para asegurarse de que
determinados individuos y grupos no sean objeto de discriminación de propósito
o de hecho. Por ejemplo, deberían adaptar sus políticas relativas al agua y el saneamiento
a quienes estén más necesitados de asistencia, en lugar de atender meramente a
los grupos mayoritarios. A veces, los Estados tienen también que asignar
recursos financieros y humanos a grupos que históricamente han sufrido
discriminación, para asegurarse de que puedan disfrutar de sus derechos en pie
de igualdad con los otros grupos de la sociedad.
El análisis de determinados grupos
que figura a continuación tiene por objeto ilustrar algunas de las
consecuencias del derecho al agua.
Los pobres de las zonas urbanas y
rurales
Vivo en un asentamiento precario en la ciudad
de Pune. El barrio tiene alrededor de 200 chozas, habitadas por unas 1.000
personas. Por el costado del barrio pasa un canal abierto que lleva agua a la
planta depuradora que abastece a la ciudad. A ambos lados del canal hay algo de
terreno abierto. Los habitantes del barrio van a trabajar a la ciudad. Por la
mañana, todos tienen prisa por ir al trabajo, pero sólo hay cuatro retretes
públicos. Este es un gran problema, especialmente para nosotras, las mujeres,
porque los hombres y los niños pueden [hacer sus necesidades] en cualquier
parte al aire libre [...]. Los hombres se bañan en el canal. Las mujeres
acarreamos agua del canal en baldes y nos bañamos en las chozas. La gente dice
que contaminamos el agua que va a la planta depuradora. Pero no tenemos otra
opción. Los políticos vienen antes de cada elección y hacen promesas. Pero una
vez elegidos con nuestros votos, se olvidan de nosotros hasta la elección
siguiente.
Fuente:
Mujer de la India, proyecto "Water Voice", 2003.
La mayoría de los que no tienen
acceso a agua potable y saneamiento son personas pobres de zonas tanto urbanas
como rurales. No sólo tienen los pobres menos probabilidades de disponer de
agua potable y saneamiento, también tienen menos capacidad para hacer frente a
los efectos de esta privación. Los pobres de las zonas rurales representan el
grueso de la población que carece de agua potable y saneamiento. Más de 1.000
millones de habitantes de esas zonas tienen que hacer sus necesidades al aire
libre, con importantes consecuencias para la salud, la vida privada e incluso
la seguridad física.
Con
frecuencia, los pobres tienen menos acceso al agua y pagan más por ella
En muchos países, los pobres no sólo reciben
agua en menor cantidad y de peor calidad, sino que también pagan las tarifas
más altas. Los habitantes de los asentamientos precarios de Yakarta, Manila y
Nairobi pagan entre y 10 veces más por el agua que los residentes en las zonas
de ingresos altos de esas mismas ciudades, y más que los consumidores de
Londres o de
Nueva York. En Accra, buena parte de las
800.000 personas que viven en el umbral de pobreza o por debajo de él pagan 10
veces más por el agua que los residentes de las zonas acomodadas.
Fuente:
PNUD, Informe sobre Desarrollo Humano 2006.
Los pobres de las zonas urbanas que
viven en asentamientos precarios, que representan el 42% de la población urbana
en los países en desarrollo, también tienen dificultades particulares a este
respecto. Las autoridades, nacionales o locales, suelen ser reacias a conectar
esos asentamientos a las redes de agua y saneamiento dada su precariedad. Los
proveedores
de servicios también aducen una
serie de razones para no abastecer a esos lugares, entre otras, que los
habitantes no están en condiciones de pagar y asegurar la recuperación de los
costos, que no tienen los documentos necesarios para demostrar su derecho a
recibir los servicios o que existe el riesgo de desalojo. Como consecuencia de
ello, los habitantes de los asentamientos precarios tienen que recoger agua de
fuentes no protegidas, como pozos o canales de riego contaminados, o comprarla
a un precio más alto que el que pagan las personas conectadas al sistema de
agua corriente. Cuando los habitantes de los asentamientos precarios no
disponen de una fuente segura de agua potable, su abastecimiento se suele
reducir en los tiempos de escasez para mantener el suministro a las zonas más
ricas.
Las mujeres
La
Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la
mujer
Artículo 14
2)
Los Estados Partes adoptarán todas las
medidas apropiadas para eliminar la discriminación contra la mujer en las zonas
rurales a fin de asegurar, en condiciones de igualdad entre hombres y mujeres,
su participación en el desarrollo rural y en sus beneficios, y en particular le
asegurarán el derecho a:
h) Gozar de condiciones de vida adecuadas,
particularmente en las esferas de la vivienda, los servicios sanitarios, la
electricidad y el abastecimiento de agua, el transporte y las comunicaciones.
La falta de acceso a agua potable y
servicios de saneamiento afecta a las mujeres de modo particular. Cuando no hay
agua potable en las viviendas, el acarreo de agua corre a cargo principalmente
de las mujeres y las niñas. Ir a recoger y acarrear el agua lleva tiempo, y es
una pesada carga. Según el PNUD, esa tarea explica también en parte la gran
disparidad en la asistencia a la escuela de niños y niñas en muchos países. No
es raro que las mujeres pasen hasta cuatro horas diarias caminando, haciendo
fila y acarreando agua, en lugar de dedicar ese tiempo a actividades
productivas, o a las labores domésticas y a cuidar a los niños. En muchos
casos, el agua que recogen está sucia y procede de fuentes no protegidas. La salud
de las mujeres puede resentirse profundamente por la pesada carga del acarreo
de agua, y también por las enfermedades que se contraen por contacto con el
agua, como la esquistosomiasis.
Con gran frecuencia, las mujeres
están excluidas de la adopción de decisiones relativas al agua y el
saneamiento. Como consecuencia de ello, sus necesidades y circunstancias específicas
no se toman en consideración al elaborar los programas de suministro de agua y
saneamiento o al ampliar estos servicios.
Los niños
La salud, el adelanto educativo y el
bienestar general de los niños dependen en gran medida de que tengan acceso a servicios
básicos tales como el agua potable y el saneamiento.
La
Convención sobre los Derechos del Niño
Artículo 24
1. Los Estados Partes reconocen el derecho
del niño al disfrute del más alto nivel posible de salud [...].
2. Los Estados Partes asegurarán la plena
aplicación de este derecho y, en particular, adoptarán las medidas apropiadas
para:
c) Combatir las enfermedades y la
malnutrición [...] mediante, entre otras cosas, [...] el suministro de
alimentos nutritivos adecuados y agua potable salubre [...];
e) Asegurar que todos los sectores de la
sociedad, y en particular los padres y los niños, conozcan los principios
básicos de la salud y la nutrición de los niños, las ventajas de la lactancia
materna, la higiene y el saneamiento ambiental y las medidas de prevención de
accidentes, tengan acceso a la educación pertinente y reciban apoyo en la
aplicación de esos conocimientos [...].
El agua potable y el saneamiento son
fundamentales para la salud de los niños. En los países que tienen una elevada mortalidad
infantil, la diarrea provoca más defunciones de niños menores de 5 años que
ninguna otra causa —más que la neumonía, la malaria y el VIH/SIDA juntos. Más
del 90% de los casos de mortalidad infantil se relacionan con aguas
contaminadas
y con un saneamiento inadecuado.
La falta de agua potable aumenta la
vulnerabilidad de los niños a las enfermedades. Su sistema inmunitario y sus
mecanismos de desintoxicación no están plenamente desarrollados, por lo que
tienen menos defensas ante las infecciones relacionadas con el agua. Los niños
también tienen menos masa corporal que los adultos. Esto significa que las
sustancias químicas transportadas por el agua pueden ser peligrosas para ellos
a concentraciones que son relativamente inocuas para un adulto.
El derecho de las niñas a la
educación también se ve afectado. Una razón importante por la que los padres no
mandan a sus hijas a la escuela en muchos países es que no existen servicios
sanitarios separados para las niñas. En Nigeria, por ejemplo, los padres han
sacado a sus hijas de la escuela porque tenían que hacer sus necesidades al
aire libre. En Uganda, el 94% de las niñas comunicó que había tenido problemas
en la escuela durante la menstruación, y el 61% señaló que en esos períodos no
iba a la escuela.
El acceso al
agua potable y el derecho a la educación
Cerca del 20% de los entrevistados en una
encuesta por hogares realizada en Port-de-Paix comunicaron que la necesidad de
acarrear agua impedía o dificultaba la asistencia a la escuela de sus hijos. Casi
las tres cuartas partes señalaron también que en las escuelas no había agua
potable y que muchos niños tenían que llevar agua consigo o comprarla allí.
Fuente:
Center for Human Rights and Global Justice y otros, Wòch nan Soley.
Las personas con discapacidad
La posibilidad de acceder a
servicios de abastecimiento de agua y saneamiento es crucial también para las
personas con discapacidad, que históricamente han sufrido marginación y
discriminación debido, entre otras cosas, a que sus necesidades especiales no
se han tenido en cuenta al diseñar los edificios, los servicios y la
infraestructura. Sin embargo, el acceso
a agua y a servicios de saneamiento
es indispensable para una vida independiente y para el respeto de la dignidad.
En muchos casos bastan pequeños cambios en el diseño y ajustes de bajo costo
para que las instalaciones y los servicios de agua y saneamiento se vuelvan
accesibles. El diseño universal debería ser una prioridad también en la
construcción de
nuevas viviendas, servicios e
instalaciones.
La Observación general Nº 15 del
Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales deja en claro que la
accesibilidad física es una dimensión importante de la accesibilidad, como componente intrínseco del derecho al agua.
A su vez, la Convención sobre los
derechos de las personas con discapacidad se refiere expresamente al acceso al
agua por las personas con discapacidad en relación con el derecho a un nivel de
vida adecuado y a la protección social.
La
Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad
Artículo 28
2)
Los Estados Partes reconocen el derecho de
las personas con discapacidad a la protección social y a gozar de ese derecho
sin discriminación por motivos de discapacidad, y adoptarán las medidas
pertinentes para proteger y promover el ejercicio de ese derecho, entre ellas:
a) Asegurar el acceso en condiciones de
igualdad de las personas con discapacidad a servicios de agua potable y su
acceso a servicios, dispositivos y asistencia de otra índole adecuados a precios
asequibles para atender las necesidades relacionadas con su discapacidad;
[...].
Los refugiados y las personas
internamente desplazadas
Cada año, más de 30 millones de
personas huyen de sus hogares a causa de conflictos o desastres naturales, y
más de 200 millones se ven afectados por peligros naturales.
Principios
Rectores de los desplazamientos internos (1998)
Principio 18
1. Los desplazados internos tienen derecho a
un nivel de vida adecuado.
2. Cualesquiera que sean las circunstancias,
las autoridades competentes suministrarán a los desplazados internos, como
mínimo y sin discriminación, y se cerciorarán de que puedan recibir en
condiciones de seguridad:
a) Alimentos indispensables y agua potable;
[...]
d) Servicios médicos y de saneamiento
indispensables.
3. Se tratará en especial de garantizar que
las mujeres participen plenamente en la planificación y distribución de estos
suministros básicos.
Fuente:
E/CN.4/1998/53/Add.2.
En las situaciones de emergencia,
las personas desplazadas tienen dificultades particulares para acceder a agua
potable y servicios de saneamiento, con consecuencias que pueden poner en
peligro la vida. Las personas desplazadas son también especialmente vulnerables
a la discriminación, el racismo y la xenofobia, que pueden reducir aún más su
capacidad de conseguir agua potable y servicios de saneamiento.
Los campamentos de refugiados y de
desplazados internos de todo el mundo se caracterizan, especialmente cuando el
desplazamiento se prolonga, por condiciones ruinosas y de hacinamiento en que
la prestación de los servicios básicos, como el abastecimiento de agua potable
y el saneamiento, es inadecuada. El saneamiento deficiente y la falta de acceso
a agua potable en estos campamentos conducen con frecuencia a la propagación de
enfermedades transmitidas por el agua, como el cólera.
Los pueblos originarios
El agua desempeña un papel
importante en la existencia cotidiana de los pueblos indígenas, ya que es un
componente central de sus tradiciones, su cultura y sus instituciones. También
es un elemento clave de sus estrategias de sustento. El derecho al agua abarca
sólo una dimensión pequeña de esta relación, a saber, el acceso a agua potable
para el uso personal y doméstico.
El acceso de los pueblos indígenas
al agua potable está estrechamente relacionado con el control sobre sus
tierras, territorios y recursos ancestrales. La falta de reconocimiento o
protección jurídicos de esas tierras, territorios o recursos puede, pues, tener
consecuencias de largo alcance en su disfrute del derecho al agua.
Las fuentes naturales de agua
utilizadas tradicionalmente por los pueblos indígenas, como los lagos o ríos,
pueden no ser ya accesibles debido a la expropiación o la apropiación gradual
de las tierras por otros. El acceso puede verse amenazado también por la
contaminación ilegal o la sobreexplotación. Además, las fuentes de agua de los
pueblos indígenas pueden haber sido desviadas para abastecer de agua potable a
las zonas urbanas. Así pues, para asegurar el derecho al agua de los pueblos
indígenas puede ser necesario, en muchos casos, adoptar medidas para asegurar
sus derechos a las tierras ancestrales, reforzar sus sistemas tradicionales de aprovechamiento
del agua y proteger sus recursos naturales.
Aunque la mayoría de los pueblos
indígenas aún viven en zonas rurales, un número creciente de indígenas están
migrando, voluntaria o involuntariamente, a las zonas urbanas, donde con
frecuencia acaban viviendo en condiciones inadecuadas, sin acceso a agua
potable ni a servicios de saneamiento.
Los pueblos originarios suelen estar
excluidos del proceso de adopción de decisiones relativas al agua y el
saneamiento, lo que puede constituir un obstáculo más al acceso a esos
servicios.
En la Declaración
de las Naciones Unidas sobre los derechos de los pueblos indígenas (2007)
se establecen las normas internacionales mínimas para la protección y promoción
de los derechos de los pueblos indígenas necesarios para su supervivencia,
bienestar y dignidad. Los siguientes artículos revisten particular interés para
asegurar su derecho al agua:
Artículo 18
Los pueblos indígenas tienen derecho a
participar en la adopción de decisiones en las cuestiones que afecten a sus
derechos, por conducto de representantes elegidos por ellos de conformidad con
sus propios procedimientos, así como a mantener y desarrollar sus propias
instituciones de adopción de decisiones.
Artículo 21
1. Los pueblos indígenas tienen derecho, sin
discriminación, al mejoramiento de sus condiciones económicas y sociales, entre
otras esferas, en la educación, el empleo, la capacitación y el
readiestramiento profesionales, la vivienda, el saneamiento, la salud y la
seguridad social. [...]
Artículo 26
1. Los pueblos indígenas tienen derecho a las
tierras, territorios y recursos que tradicionalmente han poseído, ocupado o
utilizado o adquirido.
2. Los pueblos indígenas tienen derecho a
poseer, utilizar, desarrollar y controlar las tierras, territorios y recursos
que poseen en razón de la propiedad tradicional u otro tipo tradicional de
ocupación o utilización, así como aquellos que hayan adquirido de otra forma.
3. Los Estados asegurarán el reconocimiento y
protección jurídicos de esas tierras, territorios y recursos. Dicho
reconocimiento respetará debidamente las costumbres, las tradiciones y los
sistemas de tenencia de la tierra de los pueblos indígenas de que se trate.
Actividad:
Busquen en diarios, revistas, internet, etc. diferentes ejemplos de grupos de mujeres, niños, pueblos originarios y refugiados alrededor del mundo, que tengan dificultades particularmente grandes para ejercer su derecho al agua.
Plasmen la información encontrada en sus carpetas.